Si has celebrado un contrato de préstamo hipotecario antes del 2019 con cláusula expresa de seguro de vida, podrás denunciar y reclamar ante los Tribunales dicha mala práctica, como lo han hecho numerosos perjudicados consiguiendo que se les reembolse hasta 15.358,16€ euros más los oportunos intereses por los años de cobertura de los que no se habían beneficiado y la abusividad de dicha cláusula.
Es práctica habitual de los bancos para conceder préstamos hipotecarios, exigir a los prestatarios un seguro de vida que reforzará notablemente la garantía; sin embargo, el prestatario no podía concertar el seguro con la compañía que libremente eligiera.
De este modo, la entidad bancaria se encargaba de gestionar ambos productos (préstamo hipotecario y seguro de vida) para encarecer el capital del préstamo hipotecario, lo que generaba más deuda para el consumidor y más dinero para la entidad, constituyendo de tal forma, una clausula claramente nula.
No obstante, y gracias a la entrada en vigor en junio del año 2019 de la nueva Ley Hipotecaria, las entidades bancarias no pueden vincular la contratación del seguro de vida junto a la hipoteca. Te invitamos en ponerte en contacto con nuestro despacho Berger & Dozet C.B, especializado en la materia. Y brindarle un asesoramiento jurídico personal y de calidad.
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Autor/a: Laura Victoria Pérez Martínez – Abogada
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